Archivo por etiqueta: seguros de embarcaciones
Escrito por Lorena el 14 julio, 2010

Generali Naútico de Generali seguros de viaje, está dirigido a todos aquellos fanáticos y propietarios de embarcaciones de recreo, en modalidad de vela y de motor así como para uso particular o alquiler.
Se inscribe dentro de los seguros de embarcaciones de recreo, cuyas Coberturas tienen validez ante:
-Pérdida total
-Abandono
-Averías particulares
-Robo
-Accidentes
-Responsabilidad civil
-Asistencia en viaje
-Defensa jurídica.
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Escrito por Lorena el 10 julio, 2010

Cuando se posee una embarcación lo único que planeamos es salid a disfrutar de las aguas y la embarcación sin muchas veces tener la previsión de hacernos de alguno de los seguros de embarcaciones que hoy día brinda el mercado este tipo de seguro es más específico que los seguros de viajes. CASER aporta al mercado Caser Naútico “Avante”.
Este producto Caser Náutico “Avante” garantiza responsabilidades civiles extracontractuales de los propietarios de dicha embarcación de recreo, así como de las personas que las gobiernan y de objetos o esquiadores que arrastran, los que pudieran incurrir por daños personales o materiales ocasionados a terceros. Incluye la defensa y fianzas y asistencia náutica.
Existe la Opción, en Caser Náutico de poder garantizar la ampliación de la responsabilidad civil, además de incluir accidentes corporales de ocupantes y daños propios de la embarcación de recreo.
Aunque para ello las embarcaciones tendrán que esta matriculadas y gobernadas por personas con la debida titulación y adaptada a la embarcación y al ámbito geográfico de navegación.
Modalidad de cobertura 1: Responsabilidad Civil
Modalidad de Cobertura Básica (cobertura obligatoria):
-Responsabilidad Civil de suscripción Obligatoria.
-Defensa de la responsabilidad civil.
-Asistencia Básica.
-Protección jurídica.
Modalidad de Ampliación de Responsabilidad Civil -Cobertura Voluntaria-(cobertura opcional):
Ampliación a Responsabilidad Civil de Suscripción Voluntaria.
-Defensa ampliada de la responsabilidad civil.
-Asistencia Básica.
-Protección Jurídica.
Modalidad de cobertura 2: Daños propios a la embarcación
Modalidad de Cobertura Limitada
Garantías Básicas:
-Responsabilidad Civil de suscripción Obligatoria.
-Defensa ampliada de la responsabilidad civil.
-Asistencia Ampliada.
-Protección Jurídica.
Daños propios de la Embarcación:
-Perdida total real y/o constructiva.
-Gastos de salvamento.
-Remoción de restos (10 por ciento de la suma asegurada con un máximo de 6.000€).
-Robo total de la embarcación.
Efectos personales.
Garantías Opcionales:
-Ampliación a Responsabilidad Civil de suscripción Voluntaria.
-Accidentes corporales de los ocupantes.
Modalidad de cobertura Completa:
Garantías Básicas:
-Responsabilidad Civil de suscripción Obligatoria.
-Defensa ampliada de la responsabilidad civil.
-Asistencia Ampliada.
-Protección jurídica.
Daños Propios de la Embarcación (completa):
-Perdida total real y/o constructiva.
-Gastos de salvamento.
-Remoción de restos (10 por ciento de la suma asegurada con máximo de 6.000€).
-Averías particulares.
-Transporte terrestre.
-Estancia en tierra.
-Robo.
Fenómenos extraordinarios de la naturaleza durante su estancia en almacenes o depósitos.
Efectos personales.
Garantías Opcionales:
-Ampliación a Responsabilidad Civil de suscripción Voluntaria.
-Accidentes corporales a los ocupantes.
Modalidad de Cobertura Especial. Esto es solamente para yates o embarcaciones que posean motor intraborda, y cabina cerrada y/o habitable y de valor no inferior a 18.000€.
Garantías Básicas:
-Responsabilidad Civil de suscripción Obligatoria.
-Defensa ampliada de la responsabilidad civil.
-Asistencia Ampliada.
-Protección jurídica.
-Daños propios de la embarcación, según condiciones Inglesas para Yates.
Instituto Yacht CLAUSES (ampliadas):
-Transporte terrestre.
-Estancia en tierra (incluidos riesgos extraordinarios).
-Robo.
-Efectos personales.
Fenómenos extraordinarios de la naturaleza durante su estancia en almacenes o depósitos.
Efectos personales.
Garantías Opcionales:
-Ampliación Responsabilidad Civil de suscripción Voluntaria.
-Accidentes corporales de los ocupantes.
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Escrito por Lorena el 4 julio, 2010

MGS actualmente nos brinda la posibilidad de acceder a unos de los seguros de embarcaciones más específicos dentro del segmento de seguros de viajes, que hoy se puede encontrar en el mercado “MGS Seguro de Embarcaciones de Recreo”.
Además de ser especialmente desarrollado para aportar cobertura a embarcaciones que sean utilizadas para navegar en forma de navegación de recreo o deportiva, sean propulsadas a motor o vela, y que su navegación se desarrolle en aguas marítimas españolas, aunque es ampliable a aguas de la UE además de travesías entre la Península Ibérica y las Islas Canarias.
Ventajas:
-Seguro Flexible y adaptable en tres niveles.
-En caso que embarcación tenga pérdida total y cuya antigüedad no sea mayor a 1 año, la indemnización será por el valor de la reposición en estado de nuevo.
-Amplia gama de coberturas y condiciones contractuales.
-Atención telefónica de siniestros 24 horas y servicio de reparaciones, por profesionales altamente cualificados, atención de una gran mayoría de especialidades y desplazamiento gratuito y el coste de mano de obra ajustada.
-Fraccionamiento en el pago de la prima anual.
Garantías Básicas:
-Responsabilidad civil de suscripción obligatoria
-Protección jurídica
Accidentes Corporales de los Ocupantes:
-Fallecimiento
-Invalidez (Total o Parcial)
-Asistencia sanitaria
Asitur-Asistencia en puerto
Garantías Complementarias:
Riesgos Cubiertos:
-En caso que la embarcación navegue, fondeada o en operaciones de atraque o “puesta en seco” o para la botadura o “puesta a flote”.
Incendio:
Explosión originada en el motor de la embarcación asegurada
Caída de rayo
Riesgos de Mar:
-Colisión, choque y abordaje
-Varada o embarrancada
-Golpe de mar a consecuencia de temporal -Naufragio y hundimiento
Prestación adicional para efectos personales
Robo y daños por robo
-En momentos en que la embarcación asegurada sea transportada vía terrestre y la estancia en tierra:
-Choque, vuelco o incendio del vehículo porteador o remolcador
-Incendio durante las estancias en puerto, en almacén y/o taller
-Robo y daños por robo
Prestaciones Cubiertas:
-Daños materiales a la embarcación
-Pérdida total
-Pérdidas parciales o averías particulares
Gastos Derivados:
-Por desencalladura y puesta a flote después de un naufragio o embarrancada
-Por operaciones de búsqueda efectuadas por organismos de auxilio especializados, así como los de auxilio recibido y salvamento.
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Escrito por Lorena el 15 junio, 2010

Ya hemos hablado anteriormente de seguros de viajes, esta vez toca hablar de seguros de embarcaciones de mutua tinerfeña “Mutua Tinerfeña Seguro de Embarcaciones”.
Permite poder navegar con la tranquilad de que ofrece al estar aseguro ante terceros para la embarcación de recreo o deportiva.
Además la responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones, aprobada por el Real Decreto 607/1999, de 16 de Abril, B.O.E. 30-04-99, le es exigible a los propietarios de embarcaciones de recreo o deportivas, a personas que estén autorizadas y patroneen la embarcación, a acompañantes y a esquiadores que puedan arrastrar la embarcación.
En cuanto a la cobertura de la póliza, esta se extiende para garantizar el resarcimiento de siniestros o en aguas españolas.
Coberturas Básicas:
-Muerte o lesiones corporales de terceras personas
-Daños materiales a terceros
-Pérdidas económicas sufridas por terceros
-Daños a buques por colisión o sin contacto
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Escrito por Lorena el 17 mayo, 2010

Cuando se tiene una embarcación se la cuida al máximo, se trata de no deteriorarla pero lo mejor a la hora de cuidar a las embarcación es adquirir seguros de viajes que incluyan seguros de embarcaciones.
Liberty Embarcaciones de Recreo, permite estar seguro a la hora de emprender un viaje en la embarcación.
Ventajas:
Liberty dirige este seguro a los aficionados a la actividad náutica y propietarios de embarcaciones de recreo y/o deportiva pudiendo ser cualquier modalidad de vela o motor.
Cobertura:
-Daños a los que se encuentre en riesgo la embarcación, motor, velamen, aparejos y enseres.
-Responsabilidad civil ante a terceros por daños a:
Otras embarcaciones.
Instalaciones marítimas.
Personas.

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